evtv
Fact-Cheking

Proyecto sobre sanciones a empleadores que exijan vacunación en Paraguay no tiene fuerza de ley

Publicaciones que aseguran que en Paraguay se sancionará a aquellas empresas que obliguen a sus empleados a vacunarse contra el covid-19 han sido compartidas más de 1.200 veces en redes sociales desde el 14 de julio. La afirmación surge de un proyecto de declaración del diputado Jorge Brítez, que no tiene fuerza de ley ni implica obligatoriedad alguna. Además, al 15 de julio el Ministerio de Trabajo de Paraguay no había recibido una notificación oficial sobre el proyecto.

“Se insta al Ministerio de trabajo a Sancionar a empleadores que exijan a sus trabajadores la presentación de certificado de vacunación contra el Covid 19”, se lee en publicaciones compartidas en Facebook (1, 2). “Está prohibida la discriminación de cualquier tipo y serán sancionadas aquellas empresas que incurran en esta práctica autoritaria.»

Las entradas incluyen la copia de un documento firmado por el diputado paraguayo Jorge Brítez y presentado a la Cámara de Diputados de ese país.

Captura de pantalla de una publicación en Facebook hecha el 15 de julio de 2021

La misma afirmación también circuló en Twitter (1, 2), Instagram y Telegram (1, 2).

La captura de pantalla de la última página del documento fue modificada para incluir la palabra “Aprobado” en rojo.

El proyecto

El 13 de julio de 2021, el diputado nacional de Paraguay Jorge Brítez presentó un proyecto de declaración al Congreso. En él insta al “Poder Ejecutivo – Ministerio del Trabajo, Empleo y Seguridad Social – a sancionar a empleadores que exijan a sus trabajadores la presentación de certificados de vacunación contra el covid-19 para el mantenimiento de sus empleos y/o puestos de trabajo, o impongan como requisito de contratación laboral y/o ejerzan actos discriminatorios contra el trabajador no vacunado”.

En los motivos de la petición, el legislador argumenta que sabe de empresas privadas que exigen comprobante de vacunación contra el covid-19 a sus empleados como condición para mantener su puesto de trabajo, lo que resulta violatorio “de los derechos fundamentales de la persona, en concreto a su derecho de acceso a la Sanidad o al Empleo”.

En la sesión del 14 de julio, el proyecto de declaración fue aprobado por la Cámara de Diputados.

Sin embargo, esa aprobación no supone la sanción de una ley, ni significa que se hayan dispuesto penalidades a las empresas que exigen certificados de vacunación.

“Esto no tiene fuerza de ley. Tiene resonancia política, pero no implica obligatoriedad”, dijo a AFP Factual el abogado especialista en derechos humanos Hugo Valiente, del Centro de Documentación y Estudios de Paraguay.

Explicó que el documento “expresa una voluntad política” pero que en sí no obliga al Ministerio de Trabajo a tomar medidas, por lo que las publicaciones en redes sociales resultan engañosas. En efecto, un proyecto de declaración, de acuerdo con el reglamento del poder Legislativo de Paraguay, es una “proposición que tenga por objeto expresar una opinión de la Cámara sobre cualquier asunto o manifestar su voluntad de practicar algún acto en tiempo determinado, no pudiendo ser incidental al curso ordinario del debate”.

Esto se diferencia de un proyecto de ley, que consiste en “toda proposición que deba seguir el trámite establecido por la Constitución Nacional para la sanción de las leyes”.

Valiente agregó, además, un elemento importante: que Paraguay, a diferencia del resto de los países del Mercosur, no tiene una ley contra la discriminación“que proteja a las personas frente a actos discriminatorios, sean cometidos por agentes públicos o privados, incluidas las discriminaciones por motivos de salud en el ámbito laboral”.

Esto quiere decir que el documento presentado por Brítez “insta al Ministerio del Trabajo a hacer algo para lo que, en realidad, no hay marco legal que permita hacerlo a cabalidad”, detalló el letrado.

Un proyecto de ley contra toda forma de discriminación en Paraguay fue presentado por primera vez en el Congreso en 2007. En noviembre de 2014 fue rechazado en el Senado. En el año 2015 se presentó por segunda vez un texto revisado y con modificaciones, que aún no ha sido sancionado.

Peatones y personas en automóviles hacen fila para vacunarse contra el covid-19 en Villa Elisa, Paraguay, el 12 de junio de 2021 ( AFP / Norberto Duarte)

Sin notificación en el ministerio

AFP Factual se comunicó con la vocera de Carla Bacigalupo Planás, la ministra de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de Paraguay, para consultar sobre la iniciativa de Brítez.

Desde la oficina de la funcionaria señalaron que, al 15 de julio, no había arribado aún la notificación oficial del proyecto de declaración, por lo que no podían expedirse al respecto.

Una medida que sí tomó el Ministerio de Trabajo de Paraguay el pasado 11 de julio fue fiscalizar a las empresas que nieguen permiso a sus empleados para asistir a su turno de vacunación contra el covid-19, o para acompañar a un familiar adulto mayor para el mismo fin.

El 5 de julio, Brítez presentó un proyecto de ley para que en Paraguay se autorice el dióxido de cloro “como método preventivo y curativo del covid-19”. El 7 de julio el expediente pasó a la comisión de Ciencia y Tecnología.

No hay evidencia de que el dióxido de cloro sirva para tratar la enfermedad provocada por el nuevo coronavirus, como ha verificado AFP Factual en numerosas ocasiones (1, 2, 3). Además, es una sustancia que puede resultar mortal tras su ingesta.