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CIDH expresa su preocupación por detenciones de defensores de DD.HH. en El Salvador

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Foto: Marvin RECINOS / AFP

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) expresó su preocupación por las detenciones contra personas defensoras de derechos humanos en El Salvador.

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A través de un comunicado, la CIDH indicó que la defensora y jefa de la unidad anticorrupción y justicia de la organización no gubernamental Cristosal, Ruth Eleonora López, fue detenida por fuerzas de seguridad del Estado por orden administrativa de la Fiscalía General de la República relativa a delito de peculado.
Desde entonces, el equipo legal y familiares de Ruth López reportaron dificultades para conocer el lugar de reclusión y denunciaron que los cargos que se le imputan serían una forma de persecución política por su actuación como defensora.

La CIDH urgió a las autoridades del país informar el paradero de la defensora, que fue confirmado posteriormente según información pública. La Comisión conoció que el 2 de junio, la Fiscalía presentó acusación formal por el delito de enriquecimiento ilícito contra la defensora de derechos humanos, a quien el 4 de junio se le decretó detención provisional por 6 meses. El caso se encuentra bajo reserva.

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Además, fue detenido el líder comunitario y pastor José Ángel Pérez, presidente de la Cooperativa El Bosque, durante una vigilia convocada en frente a la residencia presidencial con el objetivo de visibilizar el riesgo de desalojo de más de 300 familias.

También detuvieron a Alejandro Henríquez, abogado de la misma cooperativa El Bosque. Ambos fueron detenidos «en flagrancia», acusados por los delitos de «desórdenes públicos» y «resistencia».

A la CIDH, de igual manera, le preocupa la reciente aprobación por la Asamblea Legislativa de la «Ley de Agentes Extranjeros» a iniciativa del presidente de la República. La normativa establece obligaciones a las personas naturales o jurídicas nacionales o extranjeras cuyas actividades en El Salvador son financiadas desde el exterior, entre las cuales destaca la inscripción en un Registro en el Ministerio de Gobernación y la retención de 30% de impuesto sobre todos los recursos recibidos. Su incumplimiento puede generar multas de 100 mil a 250 mil dólares, la suspensión o cancelación de la personería jurídica o de la autorización de funcionamiento de las entidades y la incursión en tipos administrativos o penales.

“La Ley posibilita solicitar la exclusión de estas obligaciones por períodos específicos, que el Estado podrá otorgar con base en ‘la naturaleza del proyecto, el ente que genera los recursos, la entidad destinataria de estos, la obra, bien o servicio que se ejecutará o adquirirá con los recursos que se perciban’, entre otros aspectos. También prohíbe que se reciban recursos para actividades con ‘fines políticos u otros, con el objetivo de: alterar el orden público, que pongan en riesgo o amenacen la seguridad nacional o la estabilidad social y política del país’, alertó la Comisión.